En Causa Rol de Corte N° 5863-2017, de Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, caratulada “Delgado Villanueva, Placido Raúl con Banco Estado de Chile”.
Se declara admisible por existir una Vulneración del Bien jurídico protegido la Propiedad, artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la Republica de Chile.
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Esta genial el aporte. Reciba un cordial saludo.