Recordar que desde el 14 de julio de 2005, se estableció una reforma a la ley del consumidor, estableciendo que la letra de todos los contratos de adhesión que se firmen en el país deberá tener un tamaño mínimo de 2,5 milímetros. Cláusulas que no se atengan a la nueva normativa quedarán sin efecto.
Desde ese 14 de julio de 2005, se puso fin en todo el país a la controvertida letra chica en los contratos de adhesión. Ello en virtud de la aplicación de las reformas a la Ley del Consumidor (Nº 19.496), aprobadas por el Congreso el año 2004, las cuales establecen un mínimo de 2,5 milímetros de alto para el tamaño de la letra de dichos textos legales.
Asimismo, se mantiene la normativa que impide redactar los contratos en otro idioma que no sea castellano y mantener un adecuado contraste entre la forma y fondo del documento. Todo ello, con el fin de que éste resulte fácilmente legible para las partes involucradas.
Respecto de este importante avance, SERNAC recuerda a los consumidores que, en virtud de esta ley, las cláusulas del contrato que no respeten el tamaño mínimo exigido para la letra (2,5 milímetros) quedarán sin efecto.
Letra hormiga
Esta importante reforma a la ley de los derechos del consumidor, coloca una medida estándar al tamaño y legibilidad de la letra escrita que circula en infinidad de contratos de adhesión, como los establecidos en telefonía, bancos e Isapres, situación que esta ese momento no estaba regulada.
Por décadas, la letra hormiga, impidió a muchos chilenos, sobre todo de la tercera edad, conocer a cabalidad el detalle de los documentos que firmaban, dando pie a un sinnúmero de sorpresas y problemas posteriores, relacionados con las obligaciones asumidas o los beneficios a los que se renunciaba una vez firmado el contrato.
Numerosos reclamos en el SERNAC revelaron los estragos que la letra chica producía entre los consumidores, cuestión que cambió cuando entró en vigencia la nueva normativa.
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